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Pago del Impuesto Predial
En línea
Información General
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Es el pago que debe realizar cualquier persona ante la Secretaría de Finanzas y Tesorería, por la propiedad o posesión de un bien inmueble.
Ciudadano o Persona moral
¿Qué necesito?
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(*) Documentos obligatorios
Plazo máximo para la resolución:
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30
Día(s)
Hábil(es)
Vigencia:
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1
Año(s)
Natural(es)
Precio
Tarjeta de crédito o débito
Ubicación
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schedule
Abre de
08:00 - 16:00
Lunes
08:00 - 16:00
Martes
08:00 - 16:00
Miércoles
08:00 - 16:00
Jueves
08:00 - 16:00
Viernes
08:00 - 16:00
Detalles adicionales
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Este impuesto es anual y se puede liquidar en forma bimestral. De acuerdo a la ley, gozaran de un descuento aquellos contribuyentes que liquiden en forma anual anticipadamente en enero y febrero.
El servicio es gratuito, solo se cobra el pago por la obligación del gasto público conforme a la Ley Hacendaria
Horario de atención, recepción y entrega de 08:00 a 16:00 horas, los días lunes, martes, miércoles, jueves y viernes.
PROTESTA CIUDADANA. Podrás presentar una Protesta Ciudadana, a través del siguiente hipervínculo
https://tramites.sanpedro.gob.mx/gobierno_de_san_pedro_garza_garcia_be055859/protesta_ciudadana_862a3e6a-aa23-4eff-bb3c-2dfb78bc769e/validate_citizen, cuando algún servidor público, te niegue la gestión de algún trámite o servicio sin causa justificada, altere reglas, procedimientos o incumpla con los plazos de respuestas, te solicite donaciones en dinero o en especie, o acciones u omisiones al trámite o servicio solicitado.
Información jurídica
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Homoclave
SFT/CMR/02-23
Fundamento jurídico
Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, artículos 21 Bis, 21 Bis 1, 21 Bis 12 y21 Bis 12-D
Código Fiscal del Estado de Nuevo León, artículos 1 y 19
Ley de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa del Estado de Nuevo León, artículos 101, 102, 103 y 104.
Reglamento de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 8, 37, 40 y 83.
Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 24 fracción II y 28 inciso a), fracciones VI y XIV.
Contacto para consultas
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