Pago del Impuesto sobre Diversiones y Espectáculos públicos (Personas físicas)
Presencial
Información General
Vas a llevar a cabo un espectáculo público en el municipio, sea función de esparcimiento, teatral, cinematográfica, deportiva o de grupo de personas pagando por ello cierta suma de dinero por entrada; te invitamos a que acudas a las oficinas de la Secretaría de Finanzas y Tesorería, a realizar el pago del impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos.
¿Para quien está dirigido?
Ciudadano
¿Qué necesito?
(*) Documentos obligatorios
-
Identificación oficial del solicitante o copia del documento migratorio tratándose de extranjeros *
- Número de Copias: 1
- Original para cotejo
-
Identificación oficial del representante legal y poder legal de quien realiza el trámite o servicio, en su caso. *
- Número de Copias: 1
- Original para cotejo
-
Poder del representante *
Documento mediante el cual se acredite el poder del representante
- Número de Copias: 1
-
Comprobante del domicilio *
- Número de Copias: 1
- Original para cotejo
-
Boletos *
Número de Originales: 1
-
Garantía del 7% sobre el boletaje *
Mediante efectivo o cheque certificado a nombre de la Tesorería Municipal correspondiente.
El impuesto deberá quedar liquidado dentro de los 10-diez días hábiles siguientes a la terminación de la función. En caso de espectáculos o diversiones eventuales, se pagará de inmediato.
Plazo máximo para la resolución:
30
Día(s)
Hábil(es)
Precio
Sin costo.
Ubicación
Secretaría de Finanzas y Tesorería
Calle Libertad 101, Casco Urbano, San Pedro Garza García, N.L., México
8184004475
Abre de
08:00 - 16:00
08:00 - 16:00
Lunes
08:00 - 16:00
Martes
08:00 - 16:00
Miércoles
08:00 - 16:00
Jueves
08:00 - 16:00
Viernes
08:00 - 16:00
Detalles adicionales
- Es el trámite que deberán presentar las personas físicas que, realice función de esparcimiento, sea teatral, cinematográfica, deportiva o de cualquier otra índole que se verifique en salones, teatros, calles, plazas, locales abiertos o cerrados, en donde se reúna un grupo de personas pagando por ello cierta suma de dinero, por concepto de entrada, cualquiera que sea la denominación que se le dé independientemente que incluya o no, otro servicio, en el cual cobrará por el acceso.
- El impuesto deberá quedar liquidado dentro de los 10-diez días hábiles siguientes a la terminación de la función. En caso de espectáculos o diversiones eventuales, se pagará de inmediato.
- El servicio es gratuito, sólo se cobra el pago por la obligación del gasto público conforme a la Ley Hacendaria
PROTESTA CIUDADANA. Podrás presentar una Protesta Ciudadana, a través del siguiente hipervínculo https://tramites.sanpedro.gob.mx/gobierno_de_san_pedro_garza_garcia_be055859/protesta_ciudadana_862a3e6a-aa23-4eff-bb3c-2dfb78bc769e/validate_citizen, cuando algún servidor público, te niegue la gestión de algún trámite o servicio sin causa justificada, altere reglas, procedimientos o incumpla con los plazos de respuestas, te solicite donaciones en dinero o en especie, o acciones u omisiones al trámite o servicio solicitado.
Información jurídica
Homoclave
SFT/CMR/04-23Fundamento jurídico
Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, artículos 29, 30, 30 bis, 31 bis y 32. Ley de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa del Estado de Nuevo León, artículos 101, 102, 103 y 104. Reglamento de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 8 y 83. Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 24 fracción II y 28 inciso a), fracción VI.Contacto para consultas
Pablo Tadeo Reyes Chaires
sanjuanita.aguirre@sanpedro.gob.mx
Tel: 8110524334 - Ext. 4334
Libertad número 101, esquina calle Juárez, Centro, San Pedro Garza García, N.L.