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Registro Municipal como Asociación dedicada al bienestar animal
Presencial
Información General
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Si tu organización de la sociedad civil o asociación está legalmente constituida y se dedica a la protección, conservación y eliminación del maltrato animal, puedes solicitar su inscripción en el Registro de Asociaciones Dedicadas al Bienestar Animal, ante el Centro de Bienestar Animal del Municipio de San Pedro.
El Centro de Bienestar Animal promoverá que las asociaciones inscritas participen en las acciones gubernamentales que implementen, relacionadas con la defensa y protección de los animales. Las asociaciones inscritas podrán celebrar convenios o acuerdos con el Municipio en materia de bienestar animal, con lo cual, entre otras cosas, pueden acceder a precios especiales asignados en el Acuerdo de Cuotas y Tarifas del ejercicio fiscal correspondiente para los distintos servicios que proporciona el Centro de Bienestar Animal.
¿Qué necesito?
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(*) Documentos obligatorios
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Identificación oficial
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Copia de la identificación oficial del representante legal de la asociación, tal como la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral o el pasaporte vigente.
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Acta constitutiva
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Copia del acta constitutiva de la asociación.
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Poder del representante legal
Copia de la escritura pública en la que conste el poder del representante legal de la asociación.
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Documentación que acredite su objeto, recursos y capacidad
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Presentar documentación que acredite su objeto social, su estructura organizacional y funcional, sus recursos materiales, así como su capacidad técnica y jurídica, en términos del artículo 52, fracción II, del Reglamento de Protección y Bienestar Animal del Municipio.
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Cédula profesional de la persona veterinaria
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Para poder registrarse, la asociación debe contar con un médico veterinario zootecnista con cédula profesional, personal debidamente capacitado y con conocimientos en materia de protección a los animales. Para acreditar esto, favor de anexar cédula profesional correspondiente.
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No tener denuncias ante la Secretaría de Medio Ambiente del Estado
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Manifestar bajo protesta de decir verdad que la asociación no ha sido denunciada ante la Secretaría de Medio Ambiente del Estado de Nuevo León por crueldad, negligencia o maltrato animal, en términos del artículo 52, fracción VI, del Reglamento de Protección y Bienestar Animal del Municipio.
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Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
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Copia de la cédula de identificación fiscal, en la que conste el Registro Federal de Contribuyentes (con homoclave) de la asociación.
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Fotografías de las instalaciones
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Para poder registrarse, la asociación debe contar con instalaciones adecuadas y suficientes, en términos del artículo 52, fracción V, del Reglamento de Protección y Bienestar Animal del Municipio. Para acreditar esto, favor de anexar fotografías de sus instalaciones, precisando la ubicación de dichas instalaciones.
Plazo máximo para la resolución:
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30
Día(s)
Hábil(es)
Ubicación
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schedule
Abre de
09:00 - 12:30
Lunes
09:00 - 17:00
Martes
09:00 - 17:00
Miércoles
09:00 - 17:00
Jueves
09:00 - 17:00
Viernes
09:00 - 17:00
Sábado
09:00 - 12:30
Detalles adicionales
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Información jurídica
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Homoclave
SPMA/CMR/96-23
Fundamento jurídico
Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículo 70 inciso e) fracción XX.
Reglamento de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 8, 37, 40, 41, 42 y 83.
Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León, artículos 22, 23 y 24.
Reglamento de Protección y Bienestar Animal del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 51 y 52.
Ley de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa del Estado de Nuevo León, artículos 101, 102, 103 y 104.
Contacto para consultas
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