Renovación de Zona para personas con discapacidad
En línea
Información General
Las zonas de descenso y ascenso para personas con discapacidad se podrán renovar los primeros 90 días de cada. ¡Solicítalo aquí!
¿Qué necesito?
(*) Documentos obligatorios
-
Dictamen médico *
Es el documento expedido por su médico que hace constar la existencia que subyace a la discapacidad para la persona que lo solicita.
-
Identificación Oficial vigente del solicitante *
Copia digital de la identificación oficial de quien se inscribe vigente.
-
Comprobante de domicilio *
Recibo de agua, luz o gas con una antigüedad no mayor a 3 meses.
-
Placas de discapacidad o colgante *
Son matrículas especiales para vehículos que pertenecen a personas con discapacidad o autos de algún familiar o persona cercana designada por un juez o tutor de persona con discapacidad. (En caso de contar con este documento).
¿Cuál es el proceso?
-
1
Enviar documentos
El solicitante envía los documentos requeridos y revisan por un ejecutivo. -
2
Subir resultado
Se envía la factibilidad aprobada al ciudadano(a). -
3
Se realiza el mantenimiento (en caso de aplicar)
Se realiza el mantenimiento en caso de haber sido aprobado.
Plazo máximo para la resolución:
15
Día(s)
Hábil(es)
Precio
Sin costo.
Ubicación
Coordinación de Ingeniería Vial
Padre Mier 109, Los Sauces 2o Sector, San Pedro Garza García, N.L., México
8184004621
Cerrado
Lunes
08:00 - 16:00
Martes
08:00 - 16:00
Miércoles
08:00 - 16:00
Jueves
08:00 - 16:00
Viernes
08:00 - 16:00
Detalles adicionales
El contenido del presente documento cuenta con datos personales que constituyen información confidencial en posesión de la Secretaría de Servicios Públicos y Medio Ambiente como sujeto obligado, por lo que su disposición y uso se encuentra protegido conforme a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Nuevo León, sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León. La difusión de información confidencial o reservada no autorizada por la autoridad competente constituye una infracción que se encuentra sancionada por las disposiciones de la materia. Para consultar nuestro aviso de privacidad ingresa a https://bit.ly/SPGG-AvisoPrivacidad
Información jurídica
Homoclave
SPMA/CMR/99-23Fundamento jurídico
Reglamento Orgánico para la Administración Publica Municipal de San Pedro Garza García, N.L. articulo 70 inciso F fracción XVI. Reglamento de Movilidad, Tránsito y Seguridad Vial de San Pedro Garza García. Nuevo León, artículos 66, 67, 68, 70, 71 y 76. Reglamento de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 8, 37, 40, 41, 42, 83 y 87. Ley de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa del Estado de Nuevo León, artículos 101, 102, 103 y 104Contacto para consultas
Dirección General de Vías Públicas
estacionamiento.exclusivos@sanpedro.gob.mx
Tel: 8184004621
Precio
Sin costo.
¿Cuál es el proceso?
-
1
Enviar documentos
El solicitante envía los documentos requeridos y revisan por un ejecutivo. -
2
Subir resultado
Se envía la factibilidad aprobada al ciudadano(a). -
3
Se realiza el mantenimiento (en caso de aplicar)
Se realiza el mantenimiento en caso de haber sido aprobado.
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