Favor de no refrescar la página.
Solicitud de Licencia de Uso de Suelo o Proyecto Arquitectónico
Presencial
Información General
arrow_circle_up
arrow_circle_down
Es la entrega de determinada información y documentación que debe realizar el propietario del lote o predio o su apoderado o representante legal ante la Secretaría de Desarrollo Urbano, a fin de obtener la autorización del uso de suelo de un lote y determinar el alcance completo del proyecto a desarrollar y su relación con el espacio público y predios colindantes.
Ciudadano y Persona moral
¿Qué necesito?
arrow_circle_up
arrow_circle_down
(*) Documentos obligatorios
-
Formato único
*
Llenar formato único de solicitud de trámite de la Secretaría de Desarrollo Urbano, con firma autógrafa del solicitante, sin tachaduras ni enmendaduras. En el apartado de descripción de lo solicitado, señalar que giros en específico y/o permitidos desea. Además debe especificar nombre de quién o quiénes realicen la solicitud o de su representante legal, domicilio para recibir notificaciones, nombre de la persona o personas autorizadas para recibir notificaciones, precisar por escrito lo que se pide y expresar los antecedentes relacionados a la misma, indicar el uso del suelo solicitado y el o los giros y funciones que se pretendan, fecha en la que la petición fue elaborada. Descargar formato: Formato único de solicitud de trámite
-
Planos
*
- Plano de ubicación. Donde se identifique la localización del lote o predio , nombre del propietario y expediente catastral, puede ser croquis Visor Urbano.
- Plano topográfico. Cuando el lote o predio tenga pendiente natural del suelo mayor al 30%. Los planos deben contener la firma autógrafa del ingeniero civil o arquitecto que lo elaboró y la firma autógrafa del propietario o su apoderado o representante legal. Descargar formato: Contenido plano topográfico
- Plano con el diseño arquitectónico del proyecto. Conteniendo las diversas plantas, cuatro elevaciones, dos cortes y la planta de conjunto, con el cuadro general de áreas.
*Solicitar formato de plano oficial*
-
Documento que acredite la propiedad del lote o predio.
*
Documento que acredite la propiedad del lote o predio. El documento deberá estar inscrito en el Registro Público de la Propiedad o en el Instituto Registral y Catastral del Estado.
-
Identificación oficial con firma y fotografía.
*
Identificación oficial con firma y fotografía. Del propietario, de su apoderado o representante legal. Podrán presentar credencial para votar, pasaporte o licencia de conducir. La copia será por ambos lados
-
-
Comprobantes
*
- Comprobante que acredite estar al corriente en el pago del impuesto predial.
- Comprobante de pago de derechos correspondientes.
- Comprobante de domicilio. El cual será señalado para oír y recibir notificaciones, con una antigüedad no mayor a tres meses.
-
Título en el que consten las facultades que le fueron conferidas al apoderado o representante legal.
*
Título en el que consten las facultades que le fueron conferidas al apoderado o representante legal. Cuando el trámite sea presentado por el apoderado o representante legal. El título deberá estar en original certificado o ratificado ante fedatario público, o copia certificada del mismo.
-
Contrato de fideicomiso y todas sus modificaciones
*
Contrato de fideicomiso y todas sus modificaciones. En caso de que el propietario del inmueble sea una fiduciaria.
-
Cédula profesional del ingeniero civil o arquitecto
*
Cédula profesional del ingeniero civil o arquitecto que elaboró el plano topográfico. Cuando el lote o predio tenga pendiente natural del suelo mayor a 30%.
-
Estudios
*
- Estudio de pendientes. Cuando el lote o predio tenga pendiente natural del suelo mayor al 30%. El estudio deberá ser firmado por el ingeniero civil o arquitecto que lo elaboró y la firma del propietario.
- Estudio de movilidad. En los casos que el predio no pertenezca a fraccionamiento autorizado y el proyecto arquitectónico presente un requerimiento mayor de 50-cincuenta cajones de estacionamiento. Descargar formato: Contenido Estudio de Movilidad
- Estudio de impacto ambiental. En los casos que generen un alto grado de impacto en el ambiente en particular lo referente a la contaminación del aire.
- Estudio geofísico. Realizado por perito registrado oficialmente, únicamente para las zonas consideradas como alto y muy alto riesgo, según el Atlas de Riesgo del Estado, con su propuesta de mitigación.
- Estudio geológico. Realizado por perito registrado oficialmente, únicamente para las zonas consideradas como alto y muy alto riesgo, según el Atlas de Riesgo del Estado, con su propuesta de mitigación. Descargar formato: Contenido del Estudio Geológico
- En caso de omisión del estudio geológico. Descargar formato: Contenido Justificación Omisión Estudio Geológico
- Estudio hidrológico. Realizado por perito registrado oficialmente, únicamente para las zonas consideradas como alto y muy alto riesgo, según el Atlas de Riesgo del Estado, con su propuesta de mitigación. Descargar formato: Contenido del Estudio Hidrológico
- En caso de omisión del estudio hidrológico. Descargar formato: Contenido Justificación Omisión Estudio Hidrológico
-
Acuerdo de Factibilidad de Uso de Suelo y de Lineamientos Generales de Diseño Arquitectónico.
*
Acuerdo de Factibilidad de Uso de Suelo y de Lineamientos Generales de Diseño Arquitectónico. Expedido por la Autoridad municipal competente.
-
Factibilidad del servicio a introducir vigente
*
- Factibilidad de los servicios de agua y drenaje sanitario. Para construcciones que presenten un Coeficiente de Utilización del Suelo-CUS mayor de 1,500 M² -Mil quinientos metros cuadrados, calculado en los términos previstos en la Ley.
- Factibilidad del servicio de electricidad Para construcciones que presenten un Coeficiente de Utilización del Suelo-CUS mayor de 1,500 M² -Mil quinientos metros cuadrados, calculado en los términos previstos en la Ley.
-
Acta constitutiva y demás modificaciones a sus estatutos sociales.
*
Acta constitutiva y demás modificaciones a sus estatutos sociales. En caso de persona moral. El acta deberá estar inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio o en el Instituto Registral y Catastral del Estado que corresponda
-
Contrato de fideicomiso y todas sus modificaciones.
*
Contrato de fideicomiso y todas sus modificaciones. En caso de que el propietario del inmueble sea una fiduciaria.
-
Plazo máximo para la resolución:
arrow_circle_up
arrow_circle_down
10
Día(s)
Hábil(es)
Costo
info
El precio dependerá de los datos que ingreses
Pago de Solicitud de Licencia de Uso de Suelo o Proyecto Arquitectónico
Ubicación
arrow_circle_up
arrow_circle_down
schedule
Abre de
08:00 - 16:00
Lunes
08:00 - 16:00
Martes
08:00 - 16:00
Miércoles
08:00 - 16:00
Jueves
08:00 - 16:00
Viernes
08:00 - 16:00
Detalles adicionales
arrow_circle_up
arrow_circle_down
- Horario de atención: de 08:00 a 16:00 los días: Lunes, Martes, Miércoles, Jueves, Viernes
- Horario de entrega: de 08:00 a 16:00 los días: Lunes, Martes, Miércoles, Jueves, Viernes
- Horario de recepción: de 08:00 a 16:00 los días: Lunes, Martes, Miércoles, Jueves, Viernes
-
Costo por metro cuadrado (por inicio de trámite) $290.47 por metro cuadrado.
Verificación de sitio u obra o levantamiento de terreno, mobiliario urbano, ancho y niveles de calle y de banquetas dentro del trámite de autorización: $311.22 pesos por m2.
- Criterios de resolución del trámite o servicio:
El Ayuntamiento y la Secretaría son las autoridades competentes para resolver las solicitudes de los particulares en lo relativo al desarrollo urbano de conformidad con la Ley, el Plan y este Reglamento.
"Al Ayuntamiento le compete autorizar o negar las solicitudes de: licencias de uso de suelo, cualquier otra solicitud de autorización o licencia, relativos a un lote o predio ubicado en una zona de riesgo, según el Atlas de Riesgo vigente, solicitud de autorizaciones o licencias para los lotes o predios ubicados en el Área natural protegida “Parque Cumbres de Monterrey”, cualquier otra solicitud o autorización que se establezca expresamente en el Reglamento a favor del Ayuntamiento.
Para los lotes o predios ubicados en las zonas de riesgo o montaña, las solicitudes de licencias, así como las solicitudes de autorizaciones competencia del Ayuntamiento, serán previamente dictaminadas por la Comisión y su dictamen se turnará al Republicano Ayuntamiento, el cual autorizará o negará la licencia o autorización solicitada, según corresponda. La Secretaría es competente para autorizar o negar las solicitudes de licencias de uso de suelo.
Flujo de trámite:
Flujo de trámite
Información jurídica
arrow_circle_up
arrow_circle_down
Homoclave
SDU/CMR/27-23
Fundamento jurídico
Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Nuevo León, artículo 11, fracciones I, II, XIII, XX y XXIII.
Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, artículo 52.
Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículo 39.
Reglamento de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 37, 40, 41, 42 y 87.
Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 319, párrafos 1 y 2 y 295.
Contacto para consultas
arrow_circle_up
arrow_circle_down
Costo
Costo variable
El precio dependerá de los datos que ingreses