Favor de no refrescar la página.
Solicitud para Constituir Juntas de Vecinos
Presencial
Información General
arrow_circle_up
arrow_circle_down
Es la solicitud que puede realizar cualquier persona física o grupo de personas vecinas del municipio, ante la Secretaría Innovación y Participación Ciudadana, para constituir una Junta de Vecinos.
Es el trámite que pueden presentar los vecinos del Municipio cuando se pretendan consolidar como organismos ciudadanos para identificar, proponer y gestionar soluciones a los asuntos públicos y de servicios, de su colonia, barrio, sector o Municipio a las autoridades competentes.
¿Qué necesito?
arrow_circle_up
arrow_circle_down
(*) Documentos obligatorios
-
Identificación oficial de los solicitantes
*
Las identificaciones que podrá presentar son la credencial para votar expedida
por el INE vigente con domicilio en la Junta de Vecinos, o bien, tu credencial para votar expedida
por el INE con una carta expedida por un Juez Auxiliar que acredite tu residencia en la
Junta de Vecinos
. Deberán ser 5 personas como mínimo, en el cual se les delegara las actividades de Presidente, Secretaria, Tesorero y dos Vocales de la Mesa Directiva
-
Comprobante de domicilio
*
Con una antigüedad no mayor a tres meses.
Plazo máximo para la resolución:
arrow_circle_up
arrow_circle_down
30
Día(s)
Hábil(es)
Ubicación
arrow_circle_up
arrow_circle_down
Lunes
08:00 - 16:00
Martes
08:00 - 16:00
Miércoles
08:00 - 16:00
Jueves
08:00 - 16:00
Viernes
08:00 - 16:00
Detalles adicionales
arrow_circle_up
arrow_circle_down
Solamente podrá constituirse y reconocerse una Junta de Vecinos por cada una de las colonias, barrios o sectores, sin embargo si la colonia, barrio o sector cuenta con más de 400 bienes inmuebles podrá dividirse en sectores según lo acuerden los vecinos y la Secretaria de Innovación y Participación Ciudadana.
Información jurídica
arrow_circle_up
arrow_circle_down
Homoclave
SIPC/CMR/05-23
Fundamento jurídico
Reglamento de Participación y Atención Ciudadana, artículos 92 a 98
Reglamento de Participación y Atención Ciudadana, artículos 92 a 98
Reglamento de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa de San Pedro Garza García, Nuevo León, Artículo 37
Reglamento de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa de San Pedro Garza García, Nuevo León, Artículo 40
Contacto para consultas
arrow_circle_up
arrow_circle_down